ANTAI extiende su horario de atención para recibir declaración jurada de Intereses Particulares
Panamá, 24 de marzo de 2023. La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) en vías de mantener la transparencia del servidor público, informa que el próximo 5 de abril vence el periodo para la presentación de la declaración jurada de la Ley No.316 del 18 de agosto de 2022 que regula situaciones de conflicto de interés en la función pública.
De conformidad con la ley, se considera sujetos obligados para prestar Declaración Jurada, cualquier servidor público que sea máxima de su institución, como ministros y viceministros, el contralor y subcontralor, el defensor del pueblo, los jefes diplomáticos y consulares, el superintendente de Bancos, el Superintendente de Mercado de Valores, el superintendente de Seguros y Reaseguros, los miembros de las juntas directivas que manejan fondos públicos, o tomen decisiones al respecto, miembros de juntas directivas encargadas de administrar instituciones públicas.
Los directores generales, gerentes o jefes de entidades autónomas o semiautónomas, la junta directiva de las asociaciones público-privadas, la junta directiva de los organismos no gubernamentales que hayan recibido o reciban fondos, capital o bienes del Estado, los administradores nacionales, los alcaldes y vicealcaldes, los representantes de corregimiento y concejales, los gobernadores y vicegobernadores.
Para presentar la declaración jurada de conflicto las personas deben ingresar a la página www.antai.gob.pa en la sección de tramites, se encuentra el botón para descargar el formulario de la declaración de conflicto de interés particular. Luego de completado el formulario, el sujeto obligado debe acercarse a cualquier NOTARIA del país para que el documento sea notariado.
El proceso es GRATUITO. La persona debe acercarse a ANTAI para entregar la declaración, en un horario de 8 am a 6 pm (con un horario extendido). En caso de que el sujeto obligado NO pueda comparecer personalmente, puede autorizar por escrito a un tercero. De no cumplirse con la presentación de la declaración jurada de interés particulares en el plazo estipulado, a más tardar el 5 de abril existen sanciones establecidas en el artículo 25 de dicha ley. Entre ellas, la infracción por incumplimiento al no presentar la declaración jurada pública de interés en el plazo señalado sanciones equivalentes a tres meses de salario devengado por el sujeto obligado.
Hasta el momento unos 2,185 sujetos obligados han presentado la declaración jurada de interés particulares. La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información como garante en velar por el cumplimiento de la norma se mantiene en jornadas a nivel nacional para la recolección de dicha declaración, así como en nuestra sede principal de lunes 27 de marzo 2023 al viernes 31 de marzo 2023 en un horario especial extendido de 8:00 a.m. – 6:00 p.m.