Comunicado: 11 de Agosto 2015
REPÚBLICA DE PANAMÁ
CIRCULAR No. ANTAI-DS-DTAI-01-2015
PARA: MINISTROS DE ESTADO, TITULARES DE LA ASAMBLEA NACIONAL, DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DEL TRIBUNAL ELECTORAL, PROCURADOR DE LA NACIÓN, PROCURADOR DE LA ADMINISTRACIÓN, DEFENSOR DEL PUEBLO, CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, FISCAL GENERAL ELECTORAL, TRIBUNAL DE CUENTAS Y FISCAL DE CUENTAS, DIRECTORES, ADMINISTRADORES, SUPERINTENDENTES, Y GERENTES GENERALES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, Y EMPRESAS PÚBLICAS, INCLUIDAS A LAS QUE SE RIGEN POR LAS NORMAS DE DERECHO PRIVADO EN LAS QUE EL ESTADO TIENE EL CONTROL DEL CAPITAL SOCIAL; RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES OFICIALES, ALCALDES, REPRESENTANTES DE CORREGIMIENTO Y DEMÁS TITULARES DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS PÚBLICOS.
DE: ANGÉLICA ISABEL MAYTÍN JUSTINIANI
Directora General Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información.
ASUNTO: FORMATO DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER PÚBLICO RELATIVO A LAS MISIONES OFICIALES NACIONALES E INTERNACIONALES (VIAJES) EN LA SECCIÓN DE TRANSPARENCIA DE LOS SITIOS DE INTERNET DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS.
De acuerdo a las funciones que, por mandato legal, ejerce la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, mediante Ley No. 33 de 2013, y específicamente con la facultad que consagra el artículo 31, adjuntamos la posición administrativa en la siguiente opinión, respecto al formato que deben seguir las Instituciones y Entidades ya mencionadas para la presentación de la información de carácter público relativa a las Misiones Oficiales nacionales e Internacionales (VIAJES); que debe ser colocado en el punto 11.5 de la Sección de Transparencia de los respectivos Sitios de Internet (Web) institucionales, conforme a lo contemplado en el artículo No. 11 de la Ley No. 6 de 2002.
Para tal efecto, hemos considerado conveniente referirnos a este tema para estandarizar la Información que se le hace llegar a la ciudadanía en general, respecto a este punto, que obliga a las Instituciones y entidades a difundir dicha información en sus respectivos Sitios de Internet.
En tal sentido, esta Autoridad fiscalizadora del cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información y de los Convenios Internacionales en contra de la corrupción que la República de Panamá ha suscrito, emite una opinión respecto a este tema para el obligatorio cumplimiento; como una política pública de prevención enmarcada en el derecho de acceso a la información y a los principios de publicidad y libertad de información, establecidos en la Ley No. 6 de 2002.
En este sentido, es necesario detallar si la Misión Oficial Internacional cuenta con auspicios o patrocinios, y para tal efecto colocar la información en el espacio correspondiente.
Asimismo, se requiere mantener publicado el historial de la información sobre las misiones oficiales nacionales e internacionales en la sección de transparencia del Sitio Web, en complemento a la debida actualización de la misma.
A continuación presentamos el formato que sobre el tema hemos detallado en la presente Opinión, cuya utilización requerimos sea atacada.
Institución
Misiones Oficiales Internacionales
Viajes
Nombre | Cargo | Destino País Ciudad | Participación | Fecha | Regreso | Pasaje Aéreo (Costo) | Viático | Informe |