Ante caso de COVID-19, ANTAI emite recomendaciones para el tratamiento de Datos Personales

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La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, en su calidad de ente rector en materia de transparencia, ética, protección de datos personales y prevención contra la corrupción a nivel gubernamental, tiene a bien comunicar lo siguiente:

Que el artículo 1 numeral 5 de la Ley 6 de 2002, que dicta normas para la transparencia en la gestión pública, establece entre otras cosas, que se considera información confidencial toda información en manos de agentes del Estado o de cualquier institución pública que tenga relevancia con respecto a los datos médicos de las personas.

Somos conscientes que se debe garantizar el derecho de acceso a la información, pero también la protección de los datos personales y el expediente clínico.  Por ello, exhortamos a toda la población a hacer un manejo correcto de la información de aquellas personas que han adquirido el virus COVID-19, así como aquellos que se les ha recomendado el aislamiento social o cuarentena, ya sea por redes sociales y/o cualquier medio de difusión en donde no se debe vulnerar la identidad ni la ubicación de los afectados, con miras a prevenir riesgos de seguridad.

Instamos a la ciudadanía en general a hacer un uso adecuado de las redes sociales, compartiendo información veraz, evitando las fakes news, y principalmente abstenerse de revelar o publicar información relativa de aquellas personas que pasan por problemas de salud, toda vez que la misma es de carácter confidencial.

Exhortamos que en estos momentos impere la sensatez, la solidaridad, y el sentido común al momento del tratamiento de los datos personales.

 

Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información

20 de marzo de 2020